Registro Único de Proponentes
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Es la inscripción que realizan las personas naturales o jurídicas para efectos de celebrar contratos con las Entidades Estatales, en el cual constan las condiciones de Capacidad Jurídica, Experiencia, Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional y Clasificación.
Para efectos de contribuir al entendimiento del nuevo registro único de proponentes, nuestra Entidad pone a su disposición las diapositivas de las capacitaciones suministradas las cuales contienen la información relacionada con la normatividad aplicable:
Descargar dando click aqui.
La siguiente es la normatividad vigente sobre el registro único de proponentes:
• Ley 1150 de 2007.
• Decreto 1510 de 2013.
• Circular No. 002 de 2014, expedida por La Superintendencia de Industria y Comercio.
Para mayor información puede comunicarse al 8713666 Ext. 138 O Al correo electrónico [email protected] o [email protected]
Ingrese al Sistema Integrado de Información e inicie su tramite AQUÍ. El primer ingreso puede ser un poco demorado, por favor sea paciente.
Le recomendamos utilizar el navegador Mozilla FireFox.
Información sobre Contratos, Multas y Sanciones:
El decreto 1510 de 17 de Julio de 2013, mediante el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública, establece en su artículo 14 que las Entidades Estatales deberán enviar mensualmente a las Cámaras de Comercio de su domicilio copia de los actos administrativos en firme, por medio de los cuales impusieron multas y sanciones y de las inhabilidades resultantes de los contratos que haya suscrito, y de la información de los Procesos de Contratación en los términos del artículo 6° de la Ley 1150 de 2007; lo anterior se deberá realizar mediante el aplicativo que para estos efectos se disponga a través de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio en cumplimiento de la normatividad vigente que rige el Registro Único Empresarial y Social (RUES).
Ingrese al siguiente enlace para realizar su reporte http://ree.rue.com.co
Consulte la Guía para hacer su reporte AQUÍ.
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