Que libros deben inscribirse.
1. Libro de asociados fundadores.
2. Libro de actas de asamblea de asociados.
3. Libro de actas de junta directiva o consejo de administración.
4. Libros principales de contabilidad: Mayor y balances y diario columnario.
No es obligatorio inscribir libros auxiliares de contabilidad.
¿Donde se deben inscribir?
En la Cámara de Comercio con jurisdicción en el municipio fijado como domicilio social principal. (Cámara de Comercio de Neiva, Seccional de Pitalito, o las oficinas de la Plata y Garzón).
¿Cuando se deben inscribir?
La inscripción se puede solicitar en cualquier momento, siempre que la entidad se encuentre inscrita en la Cámara de Comercio.
Requisitos para solicitar el registro de los libros.
Presentar una solicitud escrita firmada por el Representante legal de la entidad, la cual contenga.
- Fecha de la Solicitud.
- Nombre de la entidad a quien pertenece los libros.
- Nombre de los libros que solicitan inscribir.
- Destinación de cada libro.
- Números de folios útiles a registrar en cada ibro.
Requisitos de los libros.
- Únicamente se registrarán los libros que no hayan sido utilizados.
- Cada libro debe presentarse debidamente rotulado, con el nombre de la entidad a que pertenece y su destinación.
- Cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua.
- Si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjetas, cada hoja debe identificarse con un código.
El código es un distintivo de máximo cinco caracteres, conformados por letras o números o números y letras. Este distintivo debe colocarse en cada una de las hojas de los libros junto con una numeración consecutiva.
¿Cómo se Registra un Nuevo Libro?
Cuando se ha terminado un nuevo libro, y se va a registrar uno nuevo, debe cumplirse con uno de estos requisitos.
- Presentar el Libro anterior.
- Presentar certificación del Revisor Fiscal o Contador Público, que certifique sobre la terminación del libro.
En caso de perdida del libro, debe anexarse copia autentica de la denuncia respectiva.
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