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desde 1 abril de 2005

Las sociedades comerciales deben depositar en la cámara de comercio de su domicilio principal, los Estados financieros de Propósito General junto con sus notas y el dictamen correspondiente si lo hubiere dentro del mes siguiente a su aprobación de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 222 de 1995.

Conforme a lo anterior dispone el artículo 21 del Decreto 2649 de 1993 que son estados financieros de Propósito General, los estados financieros básicos y los estados financieros consolidados.

De esta forma son estados financieros básicos:

El balance general

El estado de resultados

El estado de cambios en el patrimonio

El estado de cambios en la situación financiera

El estado de flujos de efectivo

Estados financieros consolidados son aquellos que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en la situación financiera, así como los flujos de efectivo.

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