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El Registro Único de Proponentes es un registro público que consiste en la inscripción, clasificación y calificación de todas las personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar con las entidades estatales contratos de obra, consultoría, suministro y compra venta de bienes muebles, salvo las excepciones previstas en el Inc. 6 artículo 22 de la Ley 80 de 1993. Dicha inscripción se realizará en la Cámara de Comercio con Jurisdicción en el domicilio principal del proponente.




¿Que Comprende?
  1. Inscripción
  2. Renovación
  3. Actualización
  4. Cancelación
  5. Certificación
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