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Información sobre Contratos, Multas y Sanciones:


Las Entidades Estatales enviarán semestralmente a la Cámara de Comercio, con jurisdicción en el lugar del domicilio del inscrito, la información sobre los contratos ejecutados, cuantía y cumplimiento de los mismos, multas y sanciones que en relación con ellos se hubieran impuesto. El funcionario público que incumpla con esta obligación incurrirá en causal de mala conducta. ( Numeral 22.1 del Artículo 22 Ley 80 de 1993).

Información sobre Licitaciones y Concursos:

Las Entidades Estatales deberán remitir a las Cámaras de Comercio de su jurisdicción y simultáneamente a la Federación de Cámaras de Comercio, CONFECAMARAS, la información general de cada licitación o concurso que pretenda abrir dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes. La información remitida deberá allegarse con un mes de antelación a la apertura del concurso o licitación.La información suministrada por las Entidades Estatales de que tratan los numerales anteriores serán remitidas en medio magnético y con las especificaciones técnicas establecidas en el Titulo Octavo Capitulo Primero de la Circular 010 de 2001 de la Superintendencia de Industria.

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