La matricula mercantil es un deber de todo comerciante y constituye una presunción legal del ejercicio de actividades mercantiles en forma profesional.
La matricula mercantil debe renovarse anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año. Quien no cumpla con la obligación de la Matricula Mercantil y su renovación, podrá ser sancionado por la Superintendencia de Industria y Comercio o por las autoridades municipales.
Para matricularse en el registro mercantil el comerciante podrá diligenciar completamente gratis en nuestro Consultorio Empresarial el formulario de Registro Único Tributario (para trámite en Cámara), el cual debe ser presentado personalmente en ésta Entidad o allegarse con el reconocimiento de firmas del empresario ante Juez o Notario.
Surtido éste paso, en cualquiera de nuestras cajas podrá adquirir el Formulario de Registro Único Empresarial, el cual tiene un costo de $2.900 e inmediatamente le diligenciamos el formulario y le liquidamos el valor a cancelar por concepto de derechos de Cámara, de acuerdo con los activos sin ajuste por inflación.
Posteriormente, la DIAN procederá a expedir el NIT, y dentro de los 7 días siguientes deberá acercarse a nuestra Entidad para hacerle entrega del Certificado de Registro Único Tributario.
Para efectos de la renovación de la matrícula mercantil, el comerciante podrá acercase a cualquiera de las cajas para adquirir el Formulario de Registro Único Empresarial, y si desea se le diligencia inmediatamente el formulario previo el pago de los derechos de Cámara de Comercio.
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