REQUISITOS GENERALES PARA ELABORAR UN ACTA

 


Al elaborar sus actas debe tener en cuenta:

  1. Número del Acta y Nombre de la sociedad a que pertenece.

  2. Organo que se reune (Junta Directiva, de Socios o Asamblea de Accionistas).

  3. Naturaleza de la reunión, o sea, determinación de su carácter ordinario o extraordinario.

  4. Ciudad, lugar, fecha y hora de la reunión.

  5. Nombre de la persona que de acuerdo con los estatutos, debe presidir la reunión, así como de la persona que actúe como secretario de la misma.

  6. Forma y antelación de la convocatoria, salvo que se halle presente la totalidad de los socios.

  7. Lista de los asistentes con indicación del número de derechos propios o ajenos representados en la reunión. Tratándose de sociedades por acciones, el número de acciones suscritas. Lo anterior, para efectos de verificación del quórum legal o estatutario.

  8. Los nombramientos efectuados y el número de votos emitidos en favor, en contra o en blanco.

  9. La constancia de aprobación del texto del acta por parte del órgano social respectivo o la comisión designada para el efecto.

  10. Fecha y hora de la clausura.

  11. Constancia de las firmas del Presidente y Secretario, o en su defecto, del Revisor Fiscal.

  12. Es necesario que ante la Cámara se acredite, respecto de los representantes legales, miembros de Junta Directivas o revisores fiscales, la aceptación al nombramiento, por escrito y con firma autenticada, indicando el número de identificación.  Los nombramientos que se inscriben en las Cámaras de Comercio son : Representantes Legales y sus Suplentes, Juntas Directivas y Revisores Fiscales y sus Suplentes. Para tal fin, debe presentarse copia del Acta de nombramiento, la cual debe reunir los anteriores requisitos.

RECOMENDACIONES
Verifique que los nombramientos hayan sido efectuados por el órgano competente y que correspondan a cargos previstos en los estatutos o en la Ley.