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REQUISITOS
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Documento del compraventa (escritura pública o documento privado reconocido ante notario, art. 526 Cód. de Comercio) en copia auténtica.
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El documento deberá contener, por lo menos: Nombre, documento de identidad, domicilio del vendedor y comprador; Identificación del establecimiento de comercio a través de su nombre y su dirección; El valor de la compraventa. Si el establecimiento pertenece a una sociedad de hecho, el socio que vende deberá indicar que trasfiere la parte que le corresponde en el establecimiento.
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Acreditar el pago de la retención en la fuente, equivalente al 1% del valor de la compraventa.
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Cancelar el valor correspondiente al Impuesto de Registro (ley 3/95).
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Formularios de matrícula mercantil diligenciados si comprador es una persona no matriculada.
RECUERDE
Para registrar la compraventa, el vendedor del establecimiento o el comprador (cuando éste se encuentre ya matriculado), o la sociedad de hecho a quien pertenece el establecimiento, deben estar al día en la renovación de la matrícula mercantil.
IMPORTANTE
Las promesas de compraventa, venta de mercancías, ventas de nombre comercial no son objeto de registro.
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