:: Cómo Solicitar La Conciliación


El procedimeinto es muy sencillo:

1.-Presentar la solicitud de Conciliaciòn directamente o a travès de apoderado, en cuyo caso deberà anexarse el poder conferido e indicando en forma clara y concreta los siguientes aspectos:

a.-Nombres completos de la parte convocante y convocada.

b.-Narraciòn suscinta de los hechos.

c.-Pretensiones.

d.-Cuantìa o monto objeto de las diferencias.

e.-Direcciòn de las partes para notificaciones.

f.-Anexos o pruebas que fundamenten la solicitud de conciliaciòn.

2.-Al momento de presentar la solicitud se debe cancelar lo correspondiente a gastos de administraciòn del Centro de Conciliaciòn.

3.-Estudio de requisito de forma de la solicitud y sobre la competencia del Centropara tramitarla.

4.-Designaciòn por sorteo del conciliador.

5.-Fijaciòn de fecha y hora para la celebraciòn de la Audiencia, previa aceptaciòn por parte del Conciliador designado.

6.-Citaciòn a las partes a la Audiencia de Conciliaciòn.

7.-Celebraciòn de la Audiencia de Conciliaciòn en la fecha y hora señaladas, en donde se pueden presentar varias situaciones a saber:

-Que se logre acuerdo conciliatorio, caso en el cual se levantará el acta respectiva, la cual debe ser registrada en el libro de actas de conciliaciòn.

-Que una de las partes o todas no concurran, caso en el cual deberàn presentar excusa justificada dentro de los tres dìas siguientes o de lo contrario el conciliador dejarà la constancia respectiva, la cual se registrarà en el libro radicador de constancias.

-Que no exista acuerdo conciliatorio, de lo cual se expedirà la constancia respecitva una vez sea registrada .

Es pertinente precisar que el acuerdo conciliatorio, surte efectos de cosa juzgada, es decir, que las mismas partes no podrán volver a conciliar o iniciar acción judicial alguna excepto la vía efectiva sobre el asunto conciliado. El acta contentiva del acuerdo presta mérito ejecutivo una vez sea registrada.